BLOG VECINAL ORIENTADO A LA DEFENSA DE LA CALIDAD DE VIDA DE QUIENES VIVIMOS EN EL NOA Y EN PARTICULAR EN LA HERMOSA CIUDAD DE SALTA "LA LINDA".
Contra los monocultivos y minería contaminantes y a favor de la Soberanía Alimentaria y de un Proyecto Nacional Sustentable

28 de febrero de 2008

EXPED.Nº 20647/08- Inspecciones Comerciales

A continuación agregamos el texto de la nota presentada en la Dirección de Inspecciones Comerciales de la MUNICIPALIDAD DE SALTA (Exp.Nº 20647/08), dirigida al Sr.Eduardo Gandulfo que ejerce actualmente dicha Dirección:





Salta Capital, 26 Febrero del 2008


Referencia: Protección del Medio Ambiente y Salud del Barrio 20 de Febrero


MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
Dirección de Inspecciones Comerciales
Calle Gral. Güemes y Pasaje Castro

Al Sr. Director General de Inspecciones:
Don Eduardo Gandulfo
S/D

De mi mayor consideración:

Mediante la presente pongo a Ud. en conocimiento que desde el año 2005 funciona en la calle República de Siria 1424 de esta ciudad la fábrica de papas fritas de marca La Española, que procesa desde su inicio un volumen superior a 15 toneladas de papas por mes, lo cual genera un grave impacto ambiental y daños irreparables en la salud de las personas que habitamos en las casas lindantes.

Por ello amparado en el derecho constitucional de peticionar ante las autoridades me dirijo a Ud. a efectos de requerir una solución para erradicar definitivamente este foco contaminante.

Como es de conocimiento de esa Dirección desde hace tres años los vecinos, en forma colectiva e individual, mediante numerosas notas, solicitamos se revea ésta situación y además últimamente efectuamos reclamos vía telefónica que hasta el momento no fueron satisfechos; dichos reclamos son los siguientes: 1240/07, Nº 1248/07, Nº 14044/07, Nº 1511/07, Nº 1560/07, Nº 1673/07, Nº 1688/07, Nº 1829/08 y Nº 1976/08 entre otros.

A continuación paso a describir los efectos contaminantes que se verifican:

A)- Alteración de la calidad del aire que respiramos:

Por una abertura ubicada aproximadamente a 10 metros sobre nivel y colindante a mi propiedad (ver fotos adjuntas) se vuelcan al ambiente emisiones masivas de subproductos gaseosos de deshechos de combustión de hidrocarburos, deshechos gaseosos derivados de la cocción de papas fritas y emisión de olores nauseabundos y altamente nocivos para el ecosistema y para la salud de quienes habitamos en este barrio residencial.
Recientemente se puso en operación una torre de enfriamiento de aire industrial, la misma fue ubicada a nivel del piso y contigua a mi propiedad, volcando al medio ambiente el aire procesado.

B) - Producción de ruidos molestos cuyo origen es el siguiente:

1º - Por electroventiladores ubicados en una abertura a aproximadamente 10 metros sobre nivel y fronterizo a mi propiedad.
2º - Por compresores y maquinarias utilizadas en línea de producción.
3º - Por operación de torre de enfriamiento industrial ubicada a nivel del piso y lindante a mi propiedad.
4º - Por música a elevado nivel de volumen.

C) – Deshechos sólidos de origen orgánico, aceites y subproductos grasos:

Los deshechos generados por las más de quince toneladas de papas procesadas mensualmente son depositados en la vereda, colindante a mi propiedad. De estos desperdicios emanan olores nauseabundos, que es agravado por el hecho que no se respetan los horarios normados por las ordenanzas vigentes para depositar la basura.

D) Trastornos en la vía pública:

Debido a la envergadura de ésta fábrica, su nivel operativo obliga a efectuar movimiento de grandes cargas, por lo que en su logística entra el uso de vehículos de gran porte (ver fotos adjuntas). Esta fábrica carece de playa de maniobras apropiado por lo que se ven obligados a usar la vía pública para éste objeto, produciendo el consiguiente entorpecimiento del tránsito en ésta vital arteria con los riesgos que esto conlleva, éstas maniobras se efectúan en cualquier día y hora de la semana.

Petitorio:

I- Solicito se controle fehacientemente el destino final de los aceites y subproductos grasos de deshechos a efectos de asegurar el correcto funcionamiento de las vías de evacuación comunes y preservar a futuro una adecuada gestión ambiental de residuos.

II- Debido a que hasta el presente no se dio solución a lo planteado solicito a Ud. me informe por escrito el curso de acción tomados por esa Dirección a efectos de satisfacer a lo requerido en las notas y reclamos efectuados.

Según consta en los Considerandos de la Resolución Nº 0269 emitida por la Secretaria de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable de esa Municipalidad con fecha 14 de noviembre del 2006, dicha fábrica no se adecúa a lo declarado originalmente por lo que en la misma Resolución se Resuelve: revocar la categorización de “Bajo Impacto Ambiental y Social” de dicho establecimiento y lo recategoriza como de “Mediano Impacto Ambiental y Social”.

Recuerdo a Ud. que previo a la Resolución mencionada en el párrafo precedente ya estaba vigente la Ordenanza Nº 12107, de fecha 19 de noviembre del 2003, que aprueba el Plan Integral de Desarrollo Urbano Ambiental (P.I.D.U.A.) de la Ciudad de Salta.

Asimismo la Ordenanza Nº 12853 aprobada el 02 de agosto del 2006 Ordena en su Art. 2º que: “el Departamento Ejecutivo Municipal instrumente las medidas transitorias necesarias a fin de que se aplique el P.I.D.U.A. hasta la entrada en vigor de la normativa señalada en el Art. 1º de la presente Ordenanza”.

III- Solicito a Ud. que en el menor plazo posible me informe por escrito si esta fábrica cuenta con habilitación y si se aplicó en el tratamiento de la misma lo Ordenado en la Odenanza Nº 12853.

IV- Solicito a Ud.que dentro de idéntico plazo y forma me informe si está contemplado en el P.I.D.U.A. el funcionamiento dentro de esta zona residencial de establecimientos fabriles de la envergadura y capacidad contaminante como la que nos ocupa.

V- Solicito relocalizar ésta fábrica de papas fritas al Parque Industrial a efectos de preservar la fuente de trabajo y asegurar un adecuado desarrollo sustentable de nuestra comunidad.

Al considerarme individual y colectivamente afectado, invoco los derechos que como ciudadano me asisten conforme lo establecen: la Constitución Nacional, Art. 41, Art. 42 y Art. 43 (2º párrafo); Ley Provincial Nº 7070 (de protección del Medio Ambiente) y Decreto Reglamentario Nº 3097; Pacto de San José de Costa Rica y el Convenio de Estocolmo, Anexo C, Parte III, d) Combustión de combustibles fósiles, entre otros;

Sin otro particular saludo a Ud. muy atentamente.



Adj: 2 hojas con fotos

CC: Al Defensor del Pueblo de la Nación
Al Colegio de Ingenieros,…
Al Colegio de Arquitectos.
Publicación en el sitio:
http://www.ecosalta.blogspot.com/
Greenpeace Argentina:
http://www.greenpeace.org/


Remitente: Ing. Ramón R. Copa
Rep. de Siria 1412. Salta
Tel. 4223460






Las fotos que acompañan a la nota figuran en este BLOG con la etiqueta: Contaminación en Siria al 1400.


A continuación se adjunta facsimil de copia, facilitada por La Defensoría del Pueblo de la Nación, de la Resolución N° 0269/06 de fecha 14-11-06 de la Subsecretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Municipalidad de la Ciudad de Salta:



21 de noviembre de 2007

CONTAMINACION EN SIRIA AL 1400 (II)

Se muestra a continuacion texto de la ultima nota presentada ante la Municipalidad dirigida al Sr. Intendente con fecha 19-09-07 que se agrega al Expte.Nº 52348/06 (Secretaria de Obras públicas y Medio Ambiente) y otros. Nota del mismo tenor se dirigió al Sr. Presidente del HCD. que corre como Expte. CºNº 135-03952/07.



Estas notas son la continuación de una larga serie de trámites realizados por los vecinos ante diversos organismos municipales, a quienes individual y colectivamente peticionaron por una solución permanente ...







Salta Capital, 19 de Septiembre del 2007


Referencia: protección de la salud
y medio ambiente
Barrio 20 de Febrero


Intendencia de la Municipalidad de la Ciudad de Salta
Florida 62


A Sr. Intendente
Don Miguel Angel Isa
S/D


De mi mayor consideración:


Amparado en el derecho constitucional de peticionar ante las autoridades me dirijo a Ud. a efectos de solicitar su intervención para dar solución definitiva al problema de contaminación ambiental que continua afectando a quienes vivimos en el entorno de la fábrica de papas fritas ubicada en República de Siria 1424, del Barrio 20 de Febrero, que comenzó a operar a partir del 15-10-05. Informo a Ud. que persiste aun la condición de contaminación sónica y gaseosa, con malos olores no compatibles con las características de la zona, que es eminentemente residencial.

Visto que lo actuado no dio satisfacción a las inquietudes manifestadas por los vecinos quienes mediante reiteradas notas enviadas a autoridades responsables a partir del mes de octubre del año 2005, cuyo listado adjunto, solicitaron su intervención para dar una solución permanente tendiente a evitar que a futuro se produzcan mayores daños ambientales que afecten la calidad de vida y salud de quienes habitamos en este barrio.

A esta comunidad se le coarta el derecho de disfrutar de un medio ambiente saludable, que es un derecho de tercera generación, de incidencia colectiva, que protege intereses difusos. Asimismo incide sobre derechos de cuarta generación, de efectos intergeneracionales; por lo que individual y colectivamente me considero “afectado”.



Invocando los derechos que como ciudadano me asisten conforme lo establecen: la Constitución Nacional, Art.41, Art.42 y Art.43(2º párrafo); Constitución Provincial, Art. 30, Art.176 inc. 9) e inc. 15); Ley Provincial Nº 7070( de protección del Medio Ambiente) y Decretos Reglamentarios; Pacto de San José de Costa Rica y el Convenio de Estocolmo, Anexo C, Parte III, d) Combustión de combustibles fósiles, entre otros, solicito:


1º) Adecuar las normas Municipales a la legislación vigente en lo atinente a la protección del ambiente, calidad de vida y salud de la población, tal es el caso de la adecuación de los Códigos de: Planeamiento Urbano, de Edificación y de Medio Ambiente Municipal al P.I.D.U.A.

2º) Dar satisfacción a la totalidad de los puntos solicitados por los vecinos mediante nota colectiva de fecha 14-12-06(Exped.68649/06, Dción. Gral. de Inspecc. Comercial).

3º) A efectos de preservar la fuente de trabajo en el marco de un adecuado desarrollo sustentable de la ciudad de Salta, manteniendo un clima de respeto por la calidad de vida y salud del vecino, solicito se relocalice dicha fábrica en el Parque Industrial.

Sin otro particular saludo a Ud. muy Atte.


Adj.: Cronograma de Notas



Remitente:Ing. Ramón R. Copa
República de Siria 1412. Salta
Tel. 4223460

------------------------------------------------------------------------------------------------


Cronograma de Notas y Pedidos de Informe remitidos al Dto. Ejecutivo Municipal; al HCD, a la Dirección de Defensa Civil y al Defensor del Pueblo de la Nación:

*Expediente Nº 51585/05:
19-10-05: Nota al Sr. Secretario de Obras Públicas y Medio Ambiente.
26-01-06: Solicitud de Pronto Despacho.
05-06-06: Nota Colectiva al Sr. Intendente de la Ciudad de Salta

*Expediente Nº 56337/05:
13-12-05: Nota Colectiva al Sr. Director de Control.
26-01-06: Solicitud colectiva de Pronto Despacho.
05-06-06: Nota Colectiva Al Sr. Intendente de la Ciudad de Salta.

*Expediente CºNº 135-00288/06:
27-01-06: Nota Colectiva al Sr. Presidente del HCD.
12-04-06: Solicitud de Informe Nº 34 del Concejo Deliberante al Departamento Ejecutivo Municipal.

*Dirección de Defensa Civil de la Provincia:
01-03-06: Nota al Sr. Director, Dr. Victor Ola Castro.

*Expediente CºNº 135-03554/06:
27-04-06: Nota a la Presidente de la Comisión de Medio Ambiente del HCD.
*Expediente CºNº 135-04638/06:
28-06-06: Solicitud de Informe Nº 64 del Concejo Deliberante al Departamento Ejecutivo Municipal.

*Defensor del Pueblo de la Nación:
17-08-06: Nota Colectiva al Sr. Defensor Don Eduardo Mondino. Registro de trámite Nº 4857/06.

*Expediente CºNº 135-06203/06:
11-10-06: Nota Colectiva al Sr. Concejal Don Carlos F.Morello.

*Expediente CºNº 135- 6276/06:
18-10-06: Solicitud de Informe Nº 99 del Concejo Deliberante al Departamento Ejecutivo Municipal.

*Expediente Nº X2006034890/06:
4-11-06: Nota al Sr. Intendente Don Miguel Isa.

*Expediente Nº 68649/06:
11-12-06: Nota al Sr. Director General de Inspecciones Don Joaquin E. Bridoux.
14-12-06: Nota Colectiva al Sr. Director General de Inspecciones Don Joaquin E. Bridaux.

*Expediente Nº 52348/06:
14-12-06: Nota al Sr. Secretario de Obras Públicas y Medio Ambiente.

*Expediente CºNº 135- 02223/07:
17-04-07: Nota al Sr. Presidente de la Comisión de Servicios Públicos del HCD.

18 de noviembre de 2007

CONTAMINACION POR ANTENAS DE MICROONDAS

La antena que se muestra en las fotografías es una de las tantas que existen en Salta. Está ubicada en la calle Alsina al 1800 en pleno Barrio 20 de Febrero. Aparte de contaminar visualmente y por radiación electromagnética es fuente de contaminación sonora. Preguntamos si no hay normas al respecto.




Esta es una zona residencial. Esta antena esta a 100 metros de Av. Entre Rios y de La Plaza Evita.
¿Hasta cuando esta ciudad será tierra de nadie?




12 de noviembre de 2007

Contaminación en Siria al 1400 del barrio 20 de Febrero

Las imágenes que se ven a continuación dan una idea aproximada de la contaminación que se produce en el aire que respiramos quienes vivimos en el Barrio 20 de Febrero aledaño a la fabrica de papas fritas ubicada en Rep. de Siria al 1400. Esta fábrica comenzó a operar desde el mes de octubre del 2005.
Los malos olores y los ruidos son permanentes, las consecuencias para la salud impredecibles. La calidad de vida se redujo cero. Esperamos que las autoridades responsables de la Municipalidad solucionen esta problemática que se esta transformando en permanente. Estos hechos demuestran que no se te actuando conforme lo estipulan la nueva legislación en lo que respecta al cuidado del medio ambiente y la salud de la población.



No se respeta los horarios de extracción de la basura conforme lo indica las ordenanzas vigentes, los malos olores lo soportamos los vecinos:


















Se utiliza la vía pública como playa de maniobras. Esta riesgosa operatoria es contraria a las apacibles costumbres del vecindario donde convive una numerosa población infantil.



















Se observa en la fotografía que sigue una abertura ubicada a aproximadamente 10 metros sobre el nivel del piso por donde los gases producto de la fabricación de papas fritas son expulsados al medio ambiente que circunda a la fábrica.
Esta operación es forzadas mediante motoventiladores que producen ruidos que contaminan la apacible vida del vecindario.








La calzada de la vía pública es utilizada como playa de maniobras de vehiculos de gran porte como se ve en las imágenes.




Esto esta colocado en el corazón del Barrio 20 de Febrero. ¡No hay derecho! :

Testimonio Gráfico:

Ubicación física de una Torre de Enfriamiento de Agua industrial. Se observan en el mismo lugar piletones a cielo abierto colindante con el vecindario:




















ABAJO:

Se observan en las video imagenes las emisiones que ingresan de izquierda a derecha desde la fabrica ubicada en Rep. de Siria 1424 hacia la propiedad del vecino colindante sur. Los gases observados provienen de una torre de enfriamiento de agua industrial colocada a pocos centímetros de la pared colindante con el vecino. Este equipo industrial produce además ruidos permanentes sumamente molestos, no adecuados para ser emitidos en pleno vecinario del barrio 20 de Febrero. ¿Las autoridades municipales donde estan?

(Se debe girar 90 grados la imagen)



10 de noviembre de 2007

Parque en peligro de Extinción


Lo que sigue pretende ser una visión gráfica del proceso de Extinción de un lugar que hasta el momento era considerado como un lugar priviligiado por quienes vivimos en esta Ciudad de Salta. Se ven algunas escena del Ex- Club Popeye, actualmente en rapido proceso de destrucción:



31 de octubre de 2007

Parque 20 DE FEBRERO

Se observa la cervecera al centro, el Hospital a laizquierda de la foto y los edificios de departamentos a la derecha. ¡Esto no puede ser! :



Apocos metros de la cervecera se encuentra el Nuevo Hospital Modelo de Salta al que se le agrego hace muy poco tiempo el Hospital pediatrico Nuevo
Es de practica habitual el usar el espacio público como playa de estacionamiento y maniobras de los camiones que operan con la cervecera.

Este es el caso de una Industria que esta enclavada en un lugar priviligiado de la Ciudad de Salta como es este hermoso Parque 20 de Febrero.




















El objetivo es mostrar este auténtico despropósito que significa esta cervecera ubicada en pleno centro poblado de nuestra ciudad, existiendo un Parque Industrial.
Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...
Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...